Obligaciones y derechos

EL INVERSOR

CUENTAS EN PARTICIPACIÓN

• Está obligado a hacer su aportación.

• Reconocer que la procedencia de su dinero es lícita, cumpliendo la normativa de blanqueo de capitales.

• Reconocer que no es un préstamo, sino una inversión a resultados.

• Mantenerse al margen de la gestión.

• Tiene derecho a participar en los resultados, tanto positivos como negativos.

• La información facilitada por FT Inversión no significa una recomendación de inversión. Es el propio inversor, bajo su responsabilidad, quien debe buscar asesoramiento externo.

• Reconocer que las relaciones entre las partes están reguladas por el Código de Comercio, en los artículos del 239 al 243, ambos inclusive.

PRÉSTAMO

• Está obligado a hacer su aportación.

• Reconocer que la procedencia de su dinero es lícita, cumpliendo la normativa de blanqueo de capitales.

• Reconocer que es un préstamo a tipo y plazo fijo. Pactado previamente mediante contrato.

• Mantenerse al margen de la gestión.

• No tiene derecho a participar en los resultados, tanto positivos como negativos.

• La información facilitada por FT Inversión no significa una recomendación de inversión. Es el propio inversor, bajo su responsabilidad, quien debe buscar asesoramiento externo.

• Reconocer que las relaciones entre las partes están reguladas por el Código de Comercio, en los artículos del 311 al 319, ambos inclusive.

EL PROMOTOR

CUENTAS EN PARTICIPACIÓN Y PRÉSTAMO

• Está obligado a destinar la aportación del inversor al proyecto señalado.

• Ostenta la titularidad del activo.

• Rendirá cuentas de los resultados del proyecto.

• Contratará y realizará en nombre propio todas las operaciones, no pudiendo utilizar el nombre del inversor.

• La gestión del proyecto es de su exclusiva responsabilidad.

• Como Promotor, mantenemos una inversión, de mínimo un 40%, desde el inicio, hasta el final del proyecto, es decir, hasta la venta del activo y devolución de la inversión más la rentabilidad/interés.